En el año 2007, el Gobierno de España aprueba el Plan de Acción para la aplicación de
la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (2000), sobre las
Mujeres, la Paz y la Seguridad Plan de Acción, por el cual el gobierno busca promover
la construcción de la paz y la integración de la perspectiva de género en los
conflictos armado, y se compromete a realizar informes de seguimiento anuales.
Estos informes se constituyen, tal y como se señala en el propio Plan, en un
mecanismo para que el gobierno, más allá de reflejar las acciones que está llevando
a cabo, identifique las prioridades, asegure la coherencia así como las
oportunidades para avanzar en la consecución de los objetivos previstos. Sin
embargo, estos objetivos no se alcanzan con la publicación del Informe de
Seguimiento III y IV.
Mencionar, además, que el incumplimiento de los plazos en la realización de los
informes de seguimiento muestra la escasa relevancia del seguimiento y evaluación
del Plan de Acción. Resulta preocupante que la Oficina de Derechos Humanos del
Ministerio de Asuntos Exteriores, responsable de la coordinación del informe de
seguimiento, carezca de los medios humanos necesarios para poder realizar esta
función.